Manual del entrevistador
Las y los beneficiarios del Bono mensual para las Personas con Discapacidad grave y muy grave, deberán estar registrados en el Sistema de Información del Programa de Registro Único Nacional de Personas con Discapacidad - SIPRUNPCD del Ministerio de Salud y contar con el carnet de discapacidad vigente, de acuerdo a reglamento. Las personas con discapacidad visual registradas en el Instituto Boliviano de la Ceguera (IBC), quienes ya perciben un bono de indigencia, quedan excluidas del pago del bono de Bs 250.