Post-pregunta
SI EL INFORMANTE TRABAJA SOLO, ANOTE 1
Manual del entrevistador
Se debe considerar sólo el número de personas en el establecimiento, institución o lugar donde trabaja el entrevistado, independientemente de que ésta pueda pertenecer o formar parte de una cadena matriz, es decir, el límite para contabilizar al personal, es el predio donde se encuentre ubicado el lugar de trabajo del informante.
Para las empresas que se encuentran organizadas por departamentos, bloques o pisos dentro de un mismo predio, se debe considerar el total de personal que trabaja en la empresa.
Si en el período de referencia hubo variaciones en el número de empleados, debes indagar por el número máximo de ellos.
Cuando se trate de personas que en la categoría de empleo hayan indicado haber sido cooperativistas de producción, ten en cuenta que el número de trabajadores que declare, se espera sea de 10 o más ya que las cooperativas no pueden estar formadas por menos de 10 cooperativistas. Situaciones de excepción deberán registrarse en observaciones.
Si el Informante trabaja sólo, registra 1, estos casos generalmente se presentan sólo en el caso de los trabajadores por cuenta propia.
Si la persona es obrero u empleado y se encuentra trabajando en la Administración pública, entonces la cantidad de personas se espera que no sea menor a 5, casos de excepción estarían dados por personal de salud o de la educación quienes en algunos casos trabajan con menos de 5 personas (ej. Módulos policiales en municipios rurales, unidades educativas rurales, etc.). Se espera que obreros, empleados o empleador o socio que reciben salario, el registro sea mayor o igual a 2 en esta pregunta.
Si la persona es trabajador/a por cuenta propia indagar sobre su actividad económica, se espera que el registro NO sea mayor a 4 dependiendo de la actividad económica de la persona. Situaciones de excepción deberán registrarse en observaciones.
Para los casos de choferes que pertenecen o están asociados a un Sindicato, se deberá anotar el número de personas con las que trabaja en el vehículo (solamente si la persona es cuenta propia y el lugar en el que realiza su actividad es vehículo) no se debe anotar el número de integrantes del sindicato.
Para las personas que trabajan en la actividad de la construcción se debe indagar si por la obra, producto o servicio en el cual declararon estar ocupados, lo realizan solos o llevan algún ayudante familiar sin remuneración.
Para las personas que realizan una actividad económica de bandas musicales, indaga sobre los criterios básicos, horas que realiza la actividad, y que riesgos asume, para poder aproximar a una clasificación más apropiada.